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Bajo qué normas ESG se encuentra el sector inmobiliario

El sector inmobiliario es uno de los pocos sectores en los que la obligación no proviene de una sola dirección, sino de varias a la vez. Una empresa inmobiliaria puede estar obligada a informar como empresa, en función de su tamaño. Esa misma empresa puede, además, adquirir obligaciones como propietaria o gestora de edificios, a través de normas sobre rendimiento energético y sostenibilidad. Y si la financiación se realiza a través de un banco o un fondo, se añade una tercera capa: el financiador solicita datos para cumplir con su propia obligación de información. Para la mayoría de los demás sectores rige un único conjunto de normas. Para el sector inmobiliario, la pregunta es más bien: cuál de los tres o cuatro conjuntos de normas es aplicable aquí, y si se superponen o se complementan entre sí.

Por qué el tamaño de la empresa no es el único criterio

En otros sectores, la primera pregunta suele ser: cuántos empleados, cuánta facturación, cuánto balance total. Esa pregunta no es menos relevante en el sector inmobiliario, pero sí resulta incompleta. Una pequeña organización gestora con una cartera de gran tamaño puede estar sujeta a obligaciones vinculadas a los edificios que no tienen nada que ver con el número de empleados en nómina. A la inversa, una gran empresa con una cartera inmobiliaria limitada puede quedar sujeta a la obligación de informar como empresa sin que las normas sobre edificios desempeñen un papel importante. El tamaño de la empresa y el tamaño de la cartera no siempre coinciden, y ambos cuentan.

La capa de los propios edificios

Además de la información corporativa, existe una capa independiente relacionada con los edificios: etiquetas energéticas, obligaciones de renovación y normas sobre el rendimiento del propio inmueble. Esta capa funciona independientemente de la obligación de información de la empresa. Un edificio puede estar sujeto a una obligación energética mientras que el propietario, como empresa, no está obligado a informar, y viceversa. Lo que influye aquí es el tipo de edificio, su uso y su ubicación. Qué normas se aplican exactamente y a partir de cuándo depende de la normativa vigente en el país donde se encuentra el edificio; ese texto cambia con regularidad y no debe proceder de la memoria, sino de la fuente misma.

La adaptación nacional que cambia el panorama

Esta es quizás el punto donde más se hace visible, en el sector inmobiliario, la adaptación nacional. La misma directiva europea sobre el rendimiento de los edificios recibe en un país una aplicación estricta con pasos intermedios fijos, y en otro país más margen para que el propietario elija su propio camino. Una cartera repartida entre varios países puede, por tanto, enfrentarse a regímenes distintos para edificios en gran medida comparables. Quien conoce cómo se ha aplicado la norma en un país no sabe todavía cómo se formula en otro. Es un patrón comparable al de el sector de la construcción y el sector de instalaciones, donde los marcos europeos también reciben una traducción distinta según el país. En el sector inmobiliario ese patrón es aún más marcado, porque la propia capa de los edificios ya está organizada a nivel nacional, independientemente de la información corporativa.

El papel del financiador

Hay todavía otra capa propia del sector inmobiliario: la solicitud del financiador. Los bancos y fondos que financian inmuebles tienen su propia obligación de informar sobre el rendimiento energético de los inmuebles de su cartera. Para cumplirla, solicitan datos al propietario o gestor. Esta solicitud no proviene de una ley que se aplique directamente a la empresa inmobiliaria, sino de una necesidad contractual o práctica. Quien no puede responder a esta solicitud no incurre de inmediato en una sanción, pero sí puede enfrentarse a preguntas sobre financiación o condiciones. Esta capa merece un lugar propio en el resumen, aunque no derive de la legislación misma.

Qué aporta aquí el Compliance Check

El Compliance Check no contrapone estas capas, sino que las coloca una junto a otra: la información corporativa, las obligaciones vinculadas a los edificios y la solicitud del financiador, cada una con la pregunta de si son aplicables a esta empresa y a esta cartera. Por cada obligación aplicable se asigna un responsable, una descripción de la evidencia necesaria y un control que indica cómo se determina periódicamente esa evidencia. No se trata de un segundo conjunto de normas paralelo a la propia legislación; es la capa que registra quién es responsable de qué y con qué se demuestra. Cómo se ve en la práctica ese estar en control de forma demostrable se describe en la página sobre el control demostrable por parte de un consejo de administración. El sector inmobiliario es también un buen ejemplo de cómo las organizaciones se ven sorprendidas por normas que ya existían desde hace tiempo pero que no habían sido reconocidas como tales, tal como se describe en la página sobre las sorpresas por normativa; la capa de los edificios y la capa del financiador suelen surgir fuera del campo de visión del departamento que prepara la información corporativa.

La herramienta que elabora este resumen por empresa y por cartera está en construcción. Quien desee trabajar ya con ella puede inscribirse en la lista de espera; no se ofrece nada que todavía no exista.

En cuanto quede claro qué obligaciones son aplicables, quién es el responsable y qué evidencia se necesita, surge automáticamente una pregunta siguiente: quién realiza este trabajo y qué parte de él es lo bastante rutinaria como para automatizarla. La gestión inmobiliaria conoce, igual que los sectores mencionados anteriormente y al igual que la sanidad y el comercio mayorista, muchas tareas recurrentes relacionadas con la recopilación y actualización de datos sobre edificios y carteras. El escáner de trabajo de FTE TO AI calcula, para cada tarea, qué parte de ella puede asumir la IA, independientemente de la pregunta de qué normas se aplican exactamente. Eso convierte al escáner de trabajo en una continuación lógica de esta página: primero, claridad sobre la obligación; después, claridad sobre el trabajo que de ella se deriva.

Alpha 60de assistent van de Compliance Check

Vraag maar welke verplichting op u van toepassing is, en waaraan u dat kunt aantonen.

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